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Tenencia compartida en Perú: Panorama legal y debate actual.

          1.                 Situación legal actual:

En octubre de 2022 se promulgo la Ley N°31590, que modifica los artículos 81, 82, y 84 del código de los Niños y Adolescentes. Esta norma establece la tenencia compartida como regla general en caso de separación de hecho, salvo cuando resulte “imposible o perjudicial para el menor”. Se establece que, en ausencia de acuerdo entre los progenitores, el juez deberá otorgar inicialmente la tenencia compartida, salvo motivos excepcionales, pero siempre priorizando el interés superior del niño, niña o adolescente. También se exige que, al formalizarse, este acuerdo sea mediante conciliación extrajudicial.

     2.       Principales cambios introducidos:

·Tenencia compartida como regla y no excepción, sin consideraciones específicas como la edad del menor o el rol histórico del cuidador principal.

·Se elimina la doctrina de los “años tiernos” (menores de 3 años permanecían con la madre) y el criterio del dador(a) de cuidados.

·El régimen exige que el tiempo de convivencia sea equivalente entre ambos padres y que las decisiones compartidas en educación, crianza y protección se    tomen mancomunadamente.

3.       Ventajas, desventajas e implicancias

         Ventajas potenciales:

·Promueve la corresponsabilidad parental y el derecho del menor a mantener contacto equitativo con ambos progenitores.

Desventajas y riesgos identificados:

·Desconexión con la realidad social peruana: muchas familias atraviesan desigualdades económicas o violencia persistente, por ejemplo: violencia doméstica, lo que dificulta el consenso y puedes generar conflictos permanentes.

·Peligro para la eficacia alimentaria: la priorización automática de la tenencia compartida podría complicar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias

·Criticas institucionales: el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) y la Defensoría del Pueblo han rechazado la ley, señalando que esta no garantía el interés superior del menor y podría representar riesgos psicológicos y de protección.

 

4.   Comentario Profesional:

La Ley N°31590 representa un cambio estructuralmente positivo en cuanto a corresponsabilidad parental; sin embargo, su carácter rígido e indiscriminado puede resultar contraproducente. Al convertir la tenencia compartida en norma y no en resultado de una evaluación contextual se pierde flexibilidad para entender situaciones donde existen dinámicas familiares complejos, riesgo de violencia o inequidad económica.

Como recomendación, se debería reorientar la aplicación hacia una evaluación caso por caso, con mayor énfasis en estudios psico familiares y herramientas como la conciliación guiada, de modo que la decisión judicial se base en el bienestar real del menor y no simplemente en una formula normativa.