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RECONOCIMIENTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SOBRE EL HÁBEAS CORPUS RESTRINGIDO POR INVESTIGACIONES EXTENSAS Y LA AFECTACIÓN DEL PLAZO RAZONABLE: CASO CÓCTELES – EXPEDIENTE 02109-2024-PHC/TC-LIMA

RECONOCIMIENTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SOBRE EL HÁBEAS CORPUS RESTRINGIDO POR INVESTIGACIONES EXTENSAS Y LA AFECTACIÓN DEL PLAZO RAZONABLE: CASO CÓCTELES – EXPEDIENTE 02109-2024-PHC/TC-LIMA

I.                   INTRODUCCIÓN

Recientemente el Tribunal Constitucional emitió una sentencia relacionada al proceso seguido ante la señora Keiko Fujimori Higuchi, a través del cual se analiza la presentación de un recurso constitucional como el Habeas Corpus restringido, incluso sin existir medidas privativas de libertad alguna, pero existiendo una afectación que recae al derecho del plazo razonable en una investigación fiscal cuando esta es extensa.

En ese sentido, el nuevo criterio adoptado por el TC respecto a la aplicación del Habeas Corpus restringido extiende la protección del mismo en situaciones donde el imputado, sin necesidad que sea detenido, permanezca bajo sospecha suficiente, resaltando también que ello es contradictorio a los principios de presunción de inocencia e interdicción de la arbitrariedad, ello conforme a lo señalado en el apartado 9 de la sentencia en mención.

II.                  FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA A DESTACAR:

 Que, se debe resaltar el fundamento 8 de la presente sentencia, que a la letra señala lo siguiente:

“(…) 8. Aunado a ello, también se podría plantearse un habeas corpus de tipo restringido en aquellos casos en los cuales no recaiga -en rigor- sobre el beneficiario alguna medida privativa de libertad personal (prisión preventiva o pena privativa de libertad efectiva) o que restrinja de algún modo su libertad de tránsito (comparecencia restringida, pena privativa de libertad suspendida); no obstante, se comprometa el límite de razonabilidad en la duración del proceso penal que se le sigue al favorecido y que lo mantenga sojuzgado a un estado de permanente sospecha y siendo objeto de investigaciones fiscales desprovistas de objetividad y proporcionalidad (…)”.

En consecuencia, de lo citado en dicha sentencia, podemos precisar que el Habeas Corpus restringido es procedente cuando la investigación vulnera el límite de razonabilidad temporal, incluso sin que recaiga sobre el investigado una medida como la prisión preventiva, siempre y cuando: el proceso penal sea extenso o desprovisto de objetividad y el investigado viva en sospecha continua, afectando su libertad personal.

Ahora bien, otro fundamento a resaltar de la aludida sentencia, es el apartado 9, que en resumen hace referencia a que el criterio adoptado por el TC se basa en los expedientes 05228-2006-PHC/TC, fundamento 8, caso Samuel Gleiser Katz y el expediente 03987-2010-PHC/TC, fundamento 3, caso Alfredo Alexander Sánchez Miranda. Respecto al primero, este alude a que lo expresado en el apartado I del presente escrito, se condice con los principios de interdicción de la arbitrariedad y presunción de inocencia, significando ello que no se debe someter a una persona a una sospecha o investigación permanente sin justificación clara, ya que sería irrazonable y contrario a la Constitución. La presunción de inocencia asegura que toda persona sea considerada inocente hasta que una sentencia judicial firme determine su culpabilidad, y protege contra el abuso de mantener a alguien bajo investigación fiscal de manera indefinida. Asimismo, respecto al segundo expediente, esta alude a que, si bien cualquier persona puede ser investigada por la autoridad penal, para que ello ocurra debe existir una causa probable, es decir, motivos objetivos y razonables que indiquen la posible comisión de un delito. Además, la investigación debe realizarse en un plazo razonable, evitando procesos indebidos o prolongados sin justificación

III.               CONSECUENCIA JURÍDICA

-          Ampliación de la protección de la libertad personal: A pesar de no existir una restricción física, se vulnera la libertad personal cuando el investigado permanece indefinidamente a una investigación.

-          Limitación al poder del Ministerio Público: Las investigaciones realizadas por el Ministerio Público deben tener un plazo razonable y una finalidad concreta, no deben sostenerse por una sospecha.

IV.               CONCLUSION:

En el presente caso, va a proceder un Habeas Corpus restringido en el caso de que una investigación guiada por el Ministerio Público sea prolongada irrazonablemente, vulnerándose la libertad personal de una persona investigada, aun si que esta tenga una pena, sea esta suspendida o efectiva, ni tampoco tenga una medida de prisión preventiva.